ACTA FUNDACIONAL
En Badajoz, siendo las 21 horas del día 29 de Diciembre de 2004, comparecen las personas reseñadas a continuación, como asociaciones promotoras al objeto de constituir una Federación.
ASOCIACIONES
( DENOMINACIÓN) |
DOMICIOLIO SOCIAL |
DATOS DEL REPRESENTANTE |
Asociación de Vecinos
Santa Marina
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Avdª. Saavedra Palmeiro, Nº 2
06004 - BADAJOZ |
D. José Manuel Garófano Ramírez
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Asociación de Vecinos
San Roque |
C/ Teresa Ezturiz S/Nº
06008 - BADAJOZ |
D. Ramón Olivenza Andrade
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Asociación de Vecinos
Casco Antiguo |
C/ Porrina de Badajoz Nº 47
06001 - BADAJOZ |
D. Juan Pedro Plaza Carabaotes
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Asociación de Vecinos
Valdepasillas |
C/ Salesianos Nº 9 local A
06011 - BADAJOZ |
D. José Prieto Temprano
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Da comienzo la presente Asamblea Fundacional, cuyo orden del día es el siguiente:
1º.- Constituir la Federación con la denominación de Agrupación Vecinal de Badajoz, en abreviatura A.V.B., cuyos fines principales son los siguientes:
- A).- Defender los intereses generales de los vecinos, en su calidad de usuarios y destinatarios finales de la actividad cultural, sanitaria, educativa, urbanística económica, deportiva, social etc., fomentando las actividades más adecuadas.
- B).- Asumir la representación y agrupar a todas las AA.VV. del municipio de Badajoz, legalmente constituidas, adoptando las resoluciones que por su importancia afecten a los intereses de las mismas, de forma individual o colectiva a los intereses de la ciudad.
- C).- Canalizar las inquietudes de las AA.VV. agrupadas, así como informar y apoyar a las mismas en todas aquellas cuestiones, de interés general que les afecten.
- D).- Fomentar la agrupación de las AA.VV., como instrumento de defensa y participación de los intereses generales de los vecinos.
- E).- Participar en las instituciones, tanto públicas como privadas, a través de los Órganos de Participación Ciudadana teniendo derecho a:
Recibir información directa y por escrito de aquellos asuntos que son de interés.
Elevar propuestas de actuación en el ámbito de la Administraciones públicas.
Ejercer el control de la Administración y la defensa de los derechos de gestión y cogestión.
Intervenir en todos los ámbitos de la Administración Pública en defensa de los intereses generales de los ciudadanos.
Ejercer el derecho de iniciativa popular.
Recibir ayudas económicas a cargo de los presupuestos de las distintas Administraciones públicas y entidades privadas.
Que las AA.VV., sean declaradas entidades de utilidad pública y ser consultados en los procedimientos de elaboración de las disposiciones de carácter general relativas a materias que afecten directamente a los usuarios.
2º.- Aprobación de los Estatutos Fundacionales.
Se da lectura a los Estatutos, que son aprobados por unanimidad por los socios promotores, los cuales deciden constituirse en Federación, al amparo de lo previsto en el artículo 22 de la Constitución , de lo establecido en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones legales.
3º.- Elección de la Junta Directiva , como órgano provisional de gobierno, para adaptarlos a la legalidad vigente, y que estará compuesta por las siguientes personas:
Cargo |
Nombre y apellidos |
Nacionalidad |
Presidente |
Ramón Olivenza Andrade |
Español |
Vicepresidente |
Juan Pedro Plaza Carabantes |
Español
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Secretario
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José Manuel Garófano Ramírez |
Español |
Tesorero |
José Prieto Temprano |
Español
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Desarrollado el orden del día, se levanta la sesión, a las 22 horas del día arriba indicado.
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